ORIGINALES

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 15.1a) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

Son normas municipales de obligatorio cumplimiento, su tipología puede ser tan amplia como la propia actividad local a través de ellas regulada. Se aprueban por el Pleno del Ayuntamiento.

Ordenanzas Generales

Regulan las actividades de los ciudadanos y sus relaciones con la Administración Municipal.

Ordenanzas Fiscales

Normas que regulan los impuestos o tributos de carácter obligatorio, las tasas o precios públicos que gravan el uso de determinados servicios. Cada uno de ellos requiere de una ordenanza en la que se determinará que sujetos deben de pagar, el concepto del pago y las bases que sirven para calcular la cuantía del impuesto o tarifa del mismo. Materias: Reguladora de tributos, generales de gestión, recaudación e inspección, urbanísticas y de construcción.

1. Tasas

  • Tasa por prestación del servicio de cementerios municipales (Consultar ordenanza)
  • Tasa por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y servicios análogos (Consultar ordenanza)
  • Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores (Consultar ordenanza)
  • Tasa por utilización de biblioteca (Consultar ordenanza)
  • Tasa por el servicio de voz pública (Consultar ordenanza)
  • Tasa por ocupación de vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público o industrial, así como industrias callejeras y ambulantes (Consultar ordenanza)
  • Tasa por utilización de bienes inmuebles municipales (Consultar ordenanza)
  • Tasa por utilización de maquinaria y enseres (Consultar ordenanza)
  • Tasa por tendidos, tuberías, galerías para la conducción de energía eléctrica, agua gas o cualquier otro fluido incluidos los postes para líneas, cables, palomillas, etc. sobre la vía pública (Consultar ordenanza)
  • Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamientos de carga y descarga de mercancías de cualquier clase (Consultar ordenanza)
  • Tasa por la prestación del servicio de báscula municipal (Consultar ordenanza)

*Fuente de Información: Boletín Oficial de Huesca (http://bop.dphuesca.es/)

Última actualización el jueves, 6 de junio de 2024 a 13:25