Retribuciones percibidas anualmente por el ejercicio de cargos públicos

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 13.1f) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón​
  • Indicadores nº 3 y nº 7 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)

En este apartado puede consultar las retribuciones percibidas por los cargos públicos del Ayuntamiento de Lanaja.

Alcaldía-Presidencia: Determinar que el cargo de Alcaldía de este Ayuntamiento realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con una asistencia mínima de 35 horas semanales. Percibirá una retribución anual bruta de 21.000,00€ que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre. No percibiendo ninguna cuantía en concepto de asistencias por concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados, ni dietas en concepto de indemnizaciones por gastos efetivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, excepto los gastos en concepto de kilometraje.

Los miembros de la corporación que no tengan reconocida dedicación exclusiva o parcial, tendrán derecho a las siguientes percepciones conforme lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor:

  • Asistencia a los Plenos: 50€
  • Asistencia a Comisiones Especial de Cuentas: 30€
  • Kilometraje: 0,25€/km
  • Alojamiento: 102,56€
  • Manutención: 53.34€
Última actualización el martes, 25 de julio de 2023 a 14:57